Pico y placa para Vehículos particulares en pasto

Durante los siguientes horarios no se permite circular a las placas terminadas en:

Sábado, 2 de agosto de 2025

Vehículos particulares

No aplica / Sin restricción

Programese:

Domingo, 3 de agosto de 2025
No aplica / Sin restricción
Lunes, 4 de agosto de 2025
0-1
Martes, 5 de agosto de 2025
2-3
Miércoles, 6 de agosto de 2025
4-5
Jueves, 7 de agosto de 2025
No aplica / Sin restricción
Viernes, 8 de agosto de 2025
8-9
Sábado, 9 de agosto de 2025
No aplica / Sin restricción
Domingo, 10 de agosto de 2025
No aplica / Sin restricción
Lunes, 11 de agosto de 2025
2-3
Martes, 12 de agosto de 2025
4-5

La información corresponde a las medidas de restricción vehicular vigentes para pasto durante el mes de agosto de 2025, de acuerdo con lo establecido por la Alcaldía de pasto

Sanciones

Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010

C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:

C.14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.

Secretaría de Tránsito

Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Bogotá pasto.

Sitio oficial secretaría de Tránsito